El TSJA admite a trámite la demanda de Ecologistas en Acción contra el PGOU de Chiclana. Da a la Junta de Andalucía un plazo de 20 días para responder.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recursos interpuesto por Ecologistas en Acción contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (CMAOT) de fecha de 28 de Noviembre de 2016 (publicada en el BOJA nº 233 de 05/12/2016) por la que se aprobó definitivamente la Revisión del PGOU de Chiclana de la Frontera. La Sala le da un plazo a la Junta de Andalucía de veinte días para que conteste a la demanda.

Este recurso se ha interpuesto tras la sistemática negativa del Ayuntamiento de Chiclana y de la CMAOT de someter al PGOU a la preceptiva Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), y las numerosas advertencias, por escrito y en los Plenos municipales, de que de seguir la tramitación del PGOU con graves incumplimientos de la legislación estatal y de la UE, podría estar abocado a su anulación.

El Recurso se basa en los siguientes argumentos:

- Falta de EAE. Tanto la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de junio de 2001, como la legislación estatal (Ley 9/2006) obligaba desde el comienzo de la Revisión del PGOU a someterlo a una EAE, lo que no se ha cumplido. Esta EAE obligaba a realizar antes de la confección de la propuesta de nuevo PGOU una evaluación de las necesidades del municipio, de las alternativas viables y de su incidencia ambiental. Lo que nunca se hizo. A la ciudadanía se le ha hurtado el debate sobre la determinación de las necesidades de la ciudad y de la población, y las prioridades para solucionar las graves carencias sociales.

- La Junta de Andalucía ha intentado validar de forma fraudulenta el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que se ha seguido en el PGOU, sólo válido para proyectos pero no para planes, con el obligatorio de EAE. Con ello ha evitado tener que evaluar desde los inicios de la redacción del PGOU los impactos ambientales de sus propuestas y las alternativas a las mismas.

- El Tribunal Supremo (TS) ha anulado numerosos planes urbanísticos en Andalucía, entre ellos el de Marbella, por no haberse sometido a la preceptiva EAE, o por haberse sometido a una EIA, cuando son procedimientos distintos.

- El nuevo PGOU clasifica una cantidad de suelo que excede todo límite razonable, infringiendo las normas que aplican el principio de sostenibilidad en relación a la obligación de motivar y justificar la ocupación del suelo no urbanizable para clasificarlo como urbanizable, potestad que a partir de la ley 8/2007 de 28 de mayo del Suelo, no es discrecional, sino que tiene que estar plenamente justificada. En el PGOU se plantean reclasificaciones de suelo rural a suelo urbanizado sin motivar ni justificar cuales son las necesidades que lo justifican. Se reclasifican millones de m2 de suelo por meras decisiones políticas de carácter discrecional.

- En el PGOU se intentan justificar el desmesurado crecimiento de suelo urbanizable y de nuevas viviendas a construir en base a una serie de artificios que ya los tribunales han declarado ilegales, no computando los suelos industriales, las viviendas para una supuesta demanda supramunicipal, las viviendas protegidas, los suelos urbanizables no sectorizados, las urbanizaciones ilegales… Una burda trampa que ya ha sido anulada por el TSJA y el TS en otros planes urbanísticos, como en el Plan de Ordenación del Territorio de La Janda. Todas estas excepciones y exclusiones ilegales han sido contempladas en el PGOU de Chiclana en un intento de justificar crecimientos desmesurados, convirtiendo así crecimientos de suelos urbanizables de 130,87% en un 23,6%. Así, se excluyen de computar como nuevas recalificaciones un total de 22.565.086 m2, lo que supone una superficie superior al suelo urbano actual, que tiene 20.554.542 m2, o se excluyen 6.137 viviendas del cómputo del total de nuevas viviendas previstas, sin saberse entonces para quien se van a construir estas viviendas.

- El PGOU vulnera los límites de crecimiento que estipula el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), que establece que en su art. 45.4 que la dimensión del crecimiento debe hacerse en función de parámetros objetivos (demográfico, parque de viviendas, ocupación de nuevos suelos por la urbanización…), y su relación con la tendencia seguida para dichos parámetros en los últimos diez años, debiendo justificarse adecuadamente una alteración sustancial de los mismos. Nada de esto se ha tenido en cuenta, a pesar de que ha sido advertido de forma reiterada en las alegaciones y recursos interpuestos por Ecologistas en Acción. El PGOU prevé la construcción de 17.190 nuevas viviendas más la legalización de otras 12.859. Estas nuevas viviendas supondría un aumento de población del municipio de 41.256 habitantes, cuando la población de Chiclana está estabilizada con tendencia regresiva. De hecho, en 2016 ha habido un descenso de población, en la línea de la tendencia demográfica nacional. Las previsiones del PGOU han fallado incluso en el mismo año de su aprobación, así, para 2016 se preveía una población de 86.150 habitantes, cuando ha sido de 82.645.

Por todo ello, hemos solicitado al TSJA que declare nula la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha de 28 de Noviembre de 2016 por la que se acordó la aprobación definitiva de la Revisión del PGOU del municipio de Chiclana de la Frontera, así como que declare nula de pleno derecho la Revisión del PGOU de dicho municipio.

El tiempo apremia, y de anularse el PGOU sin tener preparada la alternativa, el desastre será monumental y sólo achacable a los que han hecho oídos sordos a nuestras advertencias. Muchos ciudadanos llevan esperando desde hace más de 20 años para poder disponer de servicios esenciales y demandan tener la más absoluta confianza y seguridad jurídica en el proceso de regularización. Algo que este PGOU, como los anteriores que fueron anulados, no les ofrece.

Ecologistas en Acción reitera su ofrecimiento, hasta ahora rechazado, al Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Chiclana para colaborar en la redacción de una nueva Revisión del PGOU que cumpla con todos los requisitos legales, que dé seguridad jurídica, y que contemple las actuaciones necesarias para mejorar la ciudad y la calidad de vida de sus habitantes, desestimando crecimientos desmesurados propios de la burbuja inmobiliaria que tanto daño ha hecho a nuestra tierra y a nuestro país. Queremos un PHOU que resuelva los problemas de los ciudadanos, no que cree nuevos problemas e impactos ambientales.

El recurso se puede descargar picando sobre estas líneas…