Este imponente vertedero vuelve a situar en primer plano el grave problema que representa el abandono masivo e ilegal de escombros en el municipio. La nueva y enorme escombrera se localiza entre la cárcel y la M-506, en el extremo oeste del denominado Sector I-5 “La Peluquera”.

Espartal-Ecologistas en Acción de Valdemoro ha denunciado una vez más ante el SEPRONA, el Área de Disciplina Ambiental de la CAM y el Ayuntamiento de la localidad una nueva y grave agresión al entorno provocada por el vertido masivo de RCD en Valdemoro, en este caso en el Sector I-5 “La Peluquera”, un desolado espacio industrial urbanizado al norte del término municipal.

La asociación ecologista informa de la acumulación sin control de miles de toneladas de RCD en un lugar no autorizado para el depósito de este tipo de residuos. Estos están compuestos en su mayor parte por RCD de Nivel II, destacando el enorme volumen de material procedente de obra pública, como bloques de calzada, hormigón o fragmentos de pavimentado de aceras. Por ello – sostienen- el origen de este vertedero incontrolado no parece ser resultado de una concentración de residuos procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliarias sino, más bien, de una gruesa y sostenida actividad de vertido realizada a lo largo del tiempo.

Espartal-Ecologistas en Acción ha precisado a las autoridades ambientales que el acceso principal al área de vertidos se efectúa a través de una cancela con el distintivo “VIRTON Construcciones y Proyectos S.A”. En sus escritos de denuncia la asociación ha recordado que los antecedentes de dicha empresa no son precisamente modélicos, pues la Dirección General del Medio Ambiente de la CAM ya sancionó en enero de 2016 a VIRTON por una infracción calificada como “Grave”, por la gestión de los residuos generados en las obras del parque municipal del Cerro del Castillo.

La asociación valdemoreña ha reclamado a todas estas instancias la inspección urgente de los terrenos –por otra parte reservados a zona verde según el planeamiento vigente- y la apertura de expedientes por la muy probable infracción de la legislación aplicable. Al mismo tiempo, ha lamentado la reiteración de estas situaciones en el municipio recordando que, entre otras responsabilidades, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados atribuye competencias muy concretas a las entidades locales, como la del ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección y la de potestad sancionadora.