Esta actividad va en contra e la legislación vigente y se le pide al Delegado que actúe como en Málaga y prohíba el acceso a particulares, arbitrando un modo de transporte público y alternativo que proteja este espacio natural.

Existe una Resolución de la Dirección General de la Red de de Espacios Protegidos de Andalucía en dónde se prohíbe expresamente el acceso en vehículos de motor a las playas del Paraje Natural de Maro-Cerro Gordo.
Esta Resolución deja en manos de los Delegados Provinciales la forma de su aplicación. Mientras en Málaga lo han hecho como requiere la protección de un paraje con muchos valores naturales que proteger (entre ellos varios endemismos botánicos en peligro de extinción), y que ha merecido por parte de las Naciones Unidas ser declarado Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), en Granada, como siempre, se ha dejado que cada uno haga lo que le da la gana, llegándose a la situación insostenible que ahora disfrutamos.
Dado que por ley la instalación del aparcamiento es ilegal, solicitamos a Medio Ambiente que lo haga desinstalar y obligue a restituir los terrenos a su estado primitivo y también pedimos que se prohíba el acceso en vehículo particular (excepto para los propietarios con derechos de paso y los que puedan justificar la necesidad de acceso rodado) y copie el sistema de su colega de Málaga, que parece ser más coherente con la protección de un espacio natural único.

A continuación enviamos el cuerpo de la denuncia presentada al Sr. Delegado de Medio Ambiente en Granada:

“EXPONE :

Que en el Paraje natural de Maro-Cerro Gordo se encuentra la playa de Cantarriján, que en época de verano se sobresatura de vehículos sobrepasando ampliamente su capacidad de acogida.
Que se ha habilitado por particulares un lugar de aparcamiento privado y de pago en pleno paraje natural y dentro de la zona de protección de costas.
Este paraje ha merecido la figura de protección (independientemente de los valores marinos) por la existencia de de dos endemismos del sur de Andalucía que aparecen en el Catálogo Andaluz de Flora Silvestre Amenazada como especies en peligro de extinción: Limonium malacitanum y Rosmarinus tomentosus; y dos del Mediterráneo occidental, Buxus balearica y Maytenus senegalensis subsp europaea la primera especie protegida en el Catálogo Andaluz de Flora Silvestre Amenazada como en peligro de extinción y la segunda como vulnerable y ambas presentes en la directiva hábitat. El trasiego de cientos de coches diariamente a través de los 1.400 metros de pista que separa la playa de la Nacional 340, incide muy negativamente en los ejemplares de estas especies que se encuentran junto al barranco (enterrados en polvo y con bastantes residuos tóxicos procedentes de la combustión en los motores).
El valor de este Paraje Natural es tal que, por su relevancia en la cuenca Mediterránea, las Naciones Unidas lo han declarado como ZEPIM (Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo).

Además, y basándonos en la Resolución de 30 de julio de 2002, de la Dirección General de la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales, por la que se regula el acceso con vehículos de motor al Paraje Natural Acantilados de Maro-Cerro Gordo (Málaga-Granada). BOJA 99/2002, de 24 de agosto, donde en los antecedentes de hecho, punto tercero se dice textualmente que “La Consejería de Medio Ambiente considera que el actual flujo de vehículos motorizados en el interior de este Paraje Natural supera la capacidad de carga del mismo y supone un factor de degradación de sus valores naturales y paisajísticos, cuya conservación constituye una de las finalidades de su declaración como Espacio Natural Protegido”.

Y basándonos en la Ley 2/1989, de 18 de julio, donde se permite que se siga la actividad tradicional “siempre que no pongan en peligro los valores naturales objeto de protección” y que “Toda otra actuación deberá ser autorizada por la Consejería de Medio Ambiente, previa presentación de un estudio de impacto ambiental y se otorgará cuando no ponga en peligro los valores protegidos”.
Y en el artículo 15 califica a estos parajes como suelo no urbanizable objeto de protección especial.

Por su parte, el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, establece que los suelos no urbanizables no podrán ser destinados a fines distintos de los agrícolas, forestales, ganaderos, cinegéticos y, en general, de los vinculados a la utilización racional de los recursos naturales. Sólo podrán ubicarse en ellos instalaciones de utilidad pública o interés social previa autorización sujeta a un procedimiento reglado establecido en el Real Decreto Legislativo citado. En aquellos suelos declarados de especial protección queda prohibida cualquier instalación o actividad que altere su destino.

Por todo lo expuesto la Dirección General de la RENPA dispuso en la citada Resolución “ Prohibir el acceso sin autorización con vehículos de motor al Paraje Natural Acantilados de Maro-Cerro Gordo (Málaga-Granada).” Dejando la aplicación de esta resolución al buen criterio de los Delegados provinciales de Granada y Málaga.

Mientras en Málaga han optado con buen criterio con aplicar a rajatabla esta prohibición ofreciendo al visitante una alternativa lógica y acorde con la protección que se merece el Paraje, en la zona de Granada no sólo entra quien quiere y como quiere, sino que además los concesionarios (que no propietarios) de los chiringuitos playeros han realizado unos movimientos de tierras sin autorización en espacio protegido y han montado un aparcamiento de pago para los visitantes.

Por los fundamentos jurídicos expuestos anteriormente, le

SOLICITAMOS que obligue a desmantelar el citado aparcamiento y exija que se devuelva el terreno a sus estado original, que se prohíba terminantemente la circulación de vehículos por los accesos que conducen a la playa (excepto para los residentes y los que justifiquen la necesidad de penetrar en el paraje con vehículo) y se disponga una alternativa de transporte público similar a la que existe en la provincia de Málaga, que suponga el principio de la recuperación de este Paraje Natural y se empiece a salir de una situación de degradación a la que nunca se debió de llegar.”