El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) acaba de aprobar una sanción de 1,6 millones de euros a la central nuclear de Vandellós II (Tarragona) por los graves problemas de seguridad de la central. A pesar de ser la sanción más importante en la historia nuclear española, Ecologistas en Acción la considera insuficiente y pide se aplique la sanción máxima. Además, esta organización ecologista considera que debe actualizarse el actual régimen sancionador e incrementarse su monto.

Como se recordará, la central nuclear de Vandellós II sufrió un grave incidente en verano de 2004 que consistió en la ruptura de una tubería de agua del sistema de servicios esenciales, que proporcionaba agua para refrigerar el circuito secundario y que resultaría vital para extraer el calor del núcleo de la central en caso de accidente, por lo que resulta un elemento vital para la seguridad de la central.

El CSN ha impuesto una sanción de 1,6 millones de euros a los explotadores de la central por incurrir en tres irregularidades graves. La primera consistió en ejecutar un erróneo mantenimiento de la tubería que llevó finalmente a su ruptura. La segunda consistió en no realizar las reparaciones y pruebas que el CSN ordenó. Y la tercera consistió en ocultar información al CSN, puesto que los primeros problemas de corrosión de la tubería aparecen en 1993.

La sanción impuesta a Vandellós II es la más fuerte de la historia nuclear española. La segunda más cuantiosa se le aplicó a la central nuclear de Almaraz (Cáceres) y ascendía a 90 millones de pesetas durante los años 90, también por tener un problema con su sistema de alimentación de aguas esenciales. A pesar de parecer cuantiosa, la sanción impuesta a Vandellós II no es lo suficientemente rigurosa para Ecologistas en Acción, puesto que todavía está por debajo del tope de las sanciones que el CSN puede imponer.

Las sanciones económicas que el CSN puede imponer a los propietarios de las instalaciones nucleares y radiactivas en casos de irregularidad, según la actual legislación nuclear, ascienden a unos máximos de 60.000 euros en caso de falta leve, de 600.000 euros en caso de falta grave y de 3 millones de euros en caso de falta muy grave. Como se ve, el CSN no se ha atrevido a llegar al tope que la legislación le permite. Se puede incluso considerar que se han acumulado varias faltas y superar ese techo de tres millones de euros. Esto entra dentro de la filosofía con que el CSN ha tratado el incidente de Vandellós II, en que se ha mostrado demasiado laxo en sus controles y exigencias.

Habría que preguntarse porqué el CSN no fue capaz de descubrir mediante sus inspecciones un problema que se empieza a producir en 1993. O porqué permite que la central arranque en verano de 2004 sin realizar las pruebas de presión en la tubería. El propio CSN se limita a clasificar el incidente como de nivel 2, cuando la escala INES indica que se trata de un nivel 3, puesto que se lee explícitamente: “Incidentes en los que un fallo ulterior de los sistemas de seguridad podría dar lugar a condiciones de accidente o a una situación en la que los sistemas de seguridad no pudiesen impedir un accidente si se produjeran ciertos sucesos iniciadores”. Caso que se dió Vandellós II.

Para Ecologistas en Acción es imprescindible que el CSN actúe con la máxima dureza en este caso para que este tipo de incidentes no se vuelvan a repetir. Pero también es imprescindible actualizar y endurecer el régimen sancionador de la legislación. Si tenemos en cuenta que una gran central pude facturar unos 2 millones de euros diarios, las anteriores sanciones son claramente insuficientes para resultar disuasorias para los explotadores de las nucleares. Finalmente les resulta más rentable operar la central en malas condiciones, violando las reglas, que parar para reparar las averías. Estos son aspectos mínimos que deberían retocarse en una nueva legislación nuclear.