Alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción del Valle de Alcudia al proyecto de nueva urbanización con campo de golf en Puertollano:
DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
C/ Quintanar de la Orden, s/n – 45071 Toledo
Asunto: Solicitud de informe sobre PL/OT/CR/1010 y CR-5148/06 relativo a Evaluación de Impacto Ambiental del “Plan Parcial la Puerta de Alcudia” y “Programa de Actuación Urbanizadora la Puerta de Alcudia” en Puertollano, Ciudad Real.
La asociación “Ecologistas en Acción del Valle de Alcudia” presenta las siguientes
ALEGACIONES
1ª.- En la actualidad está en fase de aprobación el P.O.M. (Plan de Ordenación Municipal), del que ya se ha presentado públicamente el primer avance, en Junio de 2003.
Nos parece ilógico el hecho de que se presente un proyecto de gran envergadura, como el Plan Parcial y P.A.U. Puerta de Alcudia, sin que se espere a terminar y aprobar el Plan de Ordenación Municipal. Entendemos mucho más razonable que primero se terminen de redactar las normas de ordenación, y después se elaboren los proyectos de urbanización. De no ser así, nos podríamos encontrar con que un proyecto de urbanización sobrepase o contraríe a las normas que después se aprueben.
En el documento del P.O.M. se afirma que “El Plan debe funcionar a modo de “constitución” urbanística del municipio, es decir, como una referencia común, asumida democráticamente, sobre la que los agentes públicos y privados conciertan sus actuaciones” (página II-2).
En nuestra opinión, cuando se está en trámite de aprobar un nuevo P.O.M., no es sensato ni razonable iniciar proyectos que se verían afectados por este Plan de Ordenación; no se debe dar el segundo paso antes de dar el primero.
Según parece, se intenta acelerar este proyecto de urbanización para que no se vea alterado o modificado por el nuevo P.O.M.
2ª.- De nuevo el P.O.M. afirma que “Una pieza clave decisiva para que la estrategia urbanística propuesta desde el Plan tenga la potencialidad de transformarse en un proyecto colectivamente asumido de ciudad es el proceso de participación ciudadana” (II-11). Es decir, el P.O.M. debe garantizar un proceso abierto y participativo, en el que los ciudadanos expresen su opinión y sus sugerencias; sin embargo, con este proyecto de urbanización se toma “un atajo” para evitar esta participación.
3ª.- Según se puede ver en el avance del nuevo Plan de Ordenación Municipal, las previsiones “arrojan unas necesidades medias para los próximos 10 años, que van desde las 1.040 viviendas, en el caso más desfavorable, hasta las 1.630 en el modelo que reduce las pérdidas migratorias” (III-324), y continúa que “Los datos facilitados por el Ministerio de Fomento a través de la Estadística de licencias concedidas por los ayuntamientos arrojan una cifra media de 406 viviendas anuales entre 1993 y 2001.
Frente a unas necesidades demográficas potenciales de unos 250 nuevos hogares al año” (III-323 y 324).
Es decir, ya en la actualidad, sin contar con este nuevo proyecto, la construcción de viviendas en Puertollano casi duplica a las necesidades reales de la misma.
A pesar de esto, aún se planea construir 4.600 nuevas viviendas. Esta contradicción entre lo que se aconseja y lo que se pretende revela que esta urbanización no atiende a la demanda de la población, sino que más bien tiene un carácter puramente especulativo. No parece haber otra explicación razonable a esta desproporción, de hecho en el POM se afirma que “Desde hace algunos años la dinámica de la promoción inmobiliaria tiende a disociarse de la demanda endógena derivada de la evolución demográfica. La vivienda, además de ser demandada como alojamiento, forma parte importante de las expectativas de inversión”. (III-293)
Frente a estas construcciones especulativas, de nuevo el avance del P.O.M. afirma que “Hay que equilibrar y adecuar los espacios residenciales y el parque de viviendas existentes a las necesidades reales de la población del municipio.” (III-323)
También en el mismo documento puede leerse que “La promoción en Puertollano excede de lo que estrictamente cabe considerar como demanda potencial demográfica” (IV-75), y que “sería necesario suelo para 1.630 viviendas de acuerdo con las previsiones de crecimiento demográfico” (IV-80). Recordemos que el proyecto planea la construcción de unas 4.600 viviendas.
Con este documento del P.O.M., normativa municipal en fase de aprobación, se hace totalmente innecesaria la construcción de esta urbanización, o debería sustituir a todas las demás construcciones en el resto de la ciudad durante muchos años.
4ª.- No solamente se está construyendo casi el doble de las necesidades de vivienda, sino que a estas hay que sumarle la gran cantidad de vivienda vacía: según el P.O.M. “en 1991 había censadas en Puertollano 19.100 viviendas de las cuales un 14% estaban desocupadas y casi otro 7% tenían la consideración de vivienda secundaria” (III-297).
Además, “los datos del Avance del Censo de 2001 hablan de un total de 22.410 viviendas de las que 16.725 serían viviendas principales” (III-298).
5ª.- En Puertollano -según se refleja en el P.O.M.- hay “tres de cada diez viviendas en un estado de conservación malo, deficiente o ruinoso (15%)” (III-310). También se afirma en el citado documento que las “casi 3.000 viviendas con problemas de conservación obliga a plantear seriamente la necesidad urgente de implementar acciones dirigidas a la rehabilitación o a la renovación” (III-310).
En nuestra opinión, además de construir nuevas viviendas, coincidimos con el P.O.M. en que “es necesario implementar políticas de rehabilitación de edificios” (III-323), con lo que se aumentaría notablemente el parque de viviendas disponibles.
6ª.- En cuanto al campo de golf proyectado en el interior de la urbanización, cabe hacer varias consideraciones:
En primer lugar, Puertollano se ubica en un territorio con un “clima Mediterráneo seco” (P.O.M., pg. III-78), lejos de la climatología inglesa, de la que se importa el modelo de instalación en la que practicar el deporte del golf.
Los campos de golf están diseñados y adaptados a un clima húmedo, propio de países del norte de Europa en los que el agua no es escasa, pero muy alejado del clima seco de Puertollano. Es absurdo, no el hecho de importar ese deporte, pero sí el hecho de hacerlo exactamente con el mismo modelo de instalación. El campo de golf en nuestra tierra, al estilo inglés, es enormemente derrochador de agua, un recurso natural cada vez más escaso en estas latitudes.
7ª.- En cuanto al agua para regar el campo de golf, se dice que se utilizará el agua reciclada de la urbanización; sin embargo aunque hubiera tal cantidad de agua depurada disponible, en nuestra opinión se le puede dar otros usos mucho más útiles y respetuosos con el entorno:
En primer lugar, esta agua se debe utilizar para regar, no sólo las zonas verdes de la urbanización, sino otras muchas zonas ajardinadas de la ciudad que actualmente se riegan con agua potable.
Como hecho esclarecedor, se puede leer en la página 44 del Proyecto de Urbanización, Memoria general PAU “La Puerta de Alcudia”:
“Se prevé un caudal necesario para el riego del campo de golf de unos 750.136 l/h y un caudal necesario para el riego del PAU de unos 127.352 l/h.”, estimándose “que el campo de golf pueda regarse unos 20 minutos al día y las zonas verdes del PAU en unos 10 minutos al día”. Por lo tanto, el campo de golf se regará 11'7 veces más que todas las zonas verdes de la urbanización.
En segundo lugar el excedente de agua depurada, caso de que lo hubiera después de regar todas las zonas verdes de la ciudad, se debería de aportar al río Ojailén, garantizando así, no sólo el escuálido caudal ecológico exigido por ley, sino un caudal que permita que vuelva a haber vida vegetal y animal en el río, después de la necesaria restauración fluvial.
Según el ya citado P.O.M. “el Ojailén es un receptor de aguas residuales urbanas e industriales”, y “el río no aporta agua suficiente como para diluir dichos efluentes” (III-83), por lo tanto si las aguas depuradas de la urbanización se aportaran al río Ojailén, servirían además para tener este efecto de diluyente de los otros vertidos urbanos e industriales que se realizan aguas abajo.
8ª.- A nuestro parecer, la construcción de un campo de golf choca frontalmente con “adoptar la idea de desarrollo sostenible como referencia para la ordenación del suelo rústico” (P.O.M. página IV-70).
9ª.- El terreno del campo de golf se contempla en el avance del P.O.M. como “Suelo Rústico No Urbanizable de Especial Protección”. Seguramente aquí radiquen las prisas por aprobar este proyecto de urbanización, antes de que el nuevo P.O.M. lo prohíba taxativamente.
Este proyecto de campo de golf vulnera clara y rotundamente la normativa que está en fase de aprobación.
Por todo lo anterior,
SOLICITAMOS:
Tenga por presentado este documento, por formuladas las alegaciones en él expresadas, rogándole unir el mismo al proyecto de referencia y tenido en cuenta su contenido al dictar la oportuna resolución, INFORMANDO NEGATIVAMENTE al proyecto, por suponer un modelo de desarrollo incompatible con la actual ordenación territorial de esta área, y extremadamente derrochador de un recurso natural tan escaso y tan valioso como el agua.