Greenpeace, Ecologistas en Acción, WWF/Adena, SEO/BirdLife y Amigos de la Tierra, se unen para solicitar al Conseller de Medi Ambient la no aprobación de este Decreto que autoriza un sistema de caza no selectivo, masivo, difícil de controlar, que amenaza a especies protegidas y que incumple la normativa europea de protección de la naturaleza. Además solicitan a las autoridades catalanas el apoyo a sus agentes rurales y a la fiscalía en sus denuncias a barraquistas que operan sin permiso.

La caza en barraca es un método de caza que consiste en atraer los zorzales con reclamos a un medio donde una cola sintética o liga atrapa a las aves. Hay que destacar que la captura con liga está explícitamente prohibida por la normativa comunitaria (Directiva Aves: 79/409/CEE, Anexo IV, letra a; Convenio de Berna, Anexo IV) y es ilegal en todos los países de la Unión Europea salvo en Francia que permite la captura en vivo de un número muy pequeño de pájaros y sin barraca. Esta prohibición fue corroborada por las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya núm. 186 de 30 de marzo de 1.992 y la num. 568 de 19 de septiembre de 1.994, que anulaban las Ordenes Generales de Vedas de los años 1988-89 y 1990-91 a instancias de DEPANA. Asimismo, el Tribunal de Luxemburgo ha condenado al Reino de España por el caso de la caza con parany en la Comunitat Valenciana, corroborando las sentencias condenatorias del tribunal Superior de Valencia y del Tribunal Supremo, y paralelamente, la Comisión Europea en diciembre de 2004 decidió abrir otro procedimiento de infracción contra el Estado Español por la autorización de la caza en barraca en Catalunya, por lo que se envió una carta de emplazamiento al Reino de España por la posible vulneración de la Directiva 79/409/CEE.

No obstante en el año 2004 la Generalitat autorizó excepcionalmente y de forma experimental la caza en barraza en las tierras del Ebro, bajo condiciones supuestamente controladas y sin utilizar sistemas electrónicos de atracción y con pequeñas cantidades de aves, que demostraron la no selectividad y la pasividad del sistema. A partir de estos resultados y la cantidad de denuncias efectuadas por los agentes rurales por incumplimiento de la normativa, al comprobar que el 100% de las barracas inspeccionadas incumplían algunas de las restricciones de la normativa establecida por el Departament de Medi Ambient i Habitatge, se solicitó la definitiva declaración ilegal de esta modalidad de caza.

A pesar de ello la Generalitat pasó a considerar las infracciones como faltas leves en lugar de graves, lo que comportó el traslado de los expedientes a los ayuntamientos respectivos, con lo que las denuncias en la mayoría de los casos habían prescrito, ya que las infracciones leves prescriben a los 6 meses y habían pasado 8. Este hecho ha llevado a su delegado de Medio Ambiente en las Terres de l'Ebre, a un juicio por prevaricación ante la audiencia de Tarragona, tras la denuncia de los sindicatos de sus propios agentes rurales.

La caza con barraca ha continuado de forma ilegal desde entonces en Catalunya, actuando la fiscalía de Tarragona contra los barraquistas por la vía penal (unas 120 denuncias realizadas por los agentes rurales y la guardia civil entre 2005 y 2006, de las cuales se han procesado unas 20 en el Juzgado Penal de Tortosa, muchas de ellas absolutorias pero recurridas por la fiscalía ante la Audiencia provincial).

Para el caso de Valencia (parany) la Comisión Europea envió a España en diciembre del 2006 una carta de emplazamiento por escrito por considerar que se está tolerando esta modalidad de caza prohibida y que por lo tanto, no se han tomado las medidas oportunas para el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal de Luxemburgo en diciembre del 2004.

Sin embargo la Generalitat de Catalunya hace oídos sordos a todos estos hechos, y en lugar de prohibir definitivamente una técnica de caza que no se puede justificar bajo ningún concepto, pretende aprobar un Decreto con el fin de regular una actividad que mata miles de aves protegidas y considerada ilegal en la Unión Europea, regulando en el mismo Decreto la caza con filat, una red abatible sobre aves sedientas atraídas por recipientes de agua, dirigida a la caza de pequeñas aves y estrictamente prohibida por la legislación desde hace más de 20 años.

Por ello las cinco ONG solicitan al Conseller de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Cataluña la retirada del Decreto regulador y la prohibición definitiva de estos sistemas de caza, el apoyo a las denuncias llevadas a cabo por lo agentes rurales y la fiscalía de Tarragona, y una acción decidida en materia de educación ambiental dirigida a la consecución de actitudes de integración respetuosa de la población con el medio ambiente.